Los Administradores de Fincas piden medidas para mejorar la desescalada en las comunidades de propietarios


Fecha: 22/04/2020

Entre las medidas, se propone un aplazamiento de un año de las obligaciones fiscales ante la ATC, deducciones en el IRPF por obras de rehabilitación o mantenimiento, aplazamiento de los plazos para las celebraciones de reuniones ordinarias anuales, mejor regulación de las reuniones telemáticas, aplazamientos de las Inspecciones Técnicas de los edificios, reducción del IBI de sus entidades, entre otras.

 

Ante la crisis socioeconómica provocada por el Covid19, los Administradores de Fincas colegiados piden a Grupos Parlamentarios, Consejerías, Ayuntamientos y otras entidades que se aprueben planes de ayuda específicos que permitan afrontar en las comunidades de propietarios esta situación. Es evidente que la recuperación de la actividad después de la paralización de varias semanas no podrá ser automática y se sabe que la llamada "desescalada" en este sector se tiene que enfrentar a numerosos retos.

En las actuales circunstancias, hay que destacar la importancia del funcionamiento adecuado de estos edificios que, mayoritariamente, se destinan a vivienda y en los cuales reside alrededor de un 80% de la población en nuestro país. Además, hay que tener en cuenta que el conjunto de las comunidades de propietarios gestiona unos recursos anuales equivalentes a casi un 4% del PIB (casi 40.000 millones de euros).

Por eso, el Consell de Col·legis d’Administradors de Finques de Catalunya se suma a las propuestas que ha realizado lo Consejo General de Colegios de Administradoras de Fincas de España (CGCAFE), dirigidas al presidente del Gobierno español (carta adjunta). Concretamente, a nivel de Cataluña, estas propuestas de extraordinaria utilidad para garantizar la funcionalidad del conjunto de los edificios son:

  • Plantear un aplazamiento de hasta un año de aquellas obligaciones fiscales que puedan corresponder a las comunidades de propietarios ante la Agencia Tributaria de Cataluña.
  • Este mismo plazo también tendría que afectar a las obligaciones derivadas de todas las inspecciones técnicas que realizan las comunidades de propietarios, como por ejemplo la Inspección Técnica de Edificio, Informe de Evaluación y cualquier otro, para garantizar que tanto los técnicos como las empresas de servicios puedan realizar su trabajo con margen suficiente. Como consecuencia directa y del mismo modo, todos los plazos derivados de la tramitación de subvenciones se tendrían que ver, a su vez, ampliados.
  • Prorrogación durante un año los plazos que las comunidades de propietarios disponen para celebrar juntas generales anuales en que, de manera muy trascendente, aprueban sus cuentas y presupuestos. Hay que tener presente que, muy probablemente, se mantengan temporalmente las actuales restricciones de reuniones y por eso es necesaria esta ampliación del plazo. Se hace necesario, en todo caso, someter a una regulación más adecuada y general la celebración telemática de reuniones de las juntas de las comunidades de propietarios, sometiéndola a un debate abierto con el sector que transcienda la solución excepcional adoptada de manera temporal por el Decreto Ley 10/2020, de 27 de marzo.
  • Así mismo, se necesita apoyo de carácter económico, por lo cual se entiende que son necesarios algunos ajustes de la política fiscal. De manera especial, se hace necesario que tengan un tratamiento fiscal específico en el IRPF, dentro del tramo autonómico propio de Cataluña, las obras de rehabilitación, reformas y obras de mantenimiento que sirvan para conservar y mejorar condiciones de habitabilidad de los edificios, así como las de accesibilidad y mejora de su eficiencia energética. En este sentido, habría que establecer deducciones lo más amplías posibles, en el IRPF por las contribuciones de sus titulares a la ejecución de las mismas.
  • También sería conveniente determinar la ampliación de la aplicación del 10% de IVA a todo tipo de obras que se lleven a cabo en los edificios residenciales, ya sean en régimen de comunidad de propietarios o bien, destinadas a su arrendamiento.

 

Por último, señalar que los Ayuntamientos podrían establecer una reducción del IBI y de las tasas correspondientes de recogida de residuos, para ayudar así a los ciudadanos que residen en los correspondientes municipios a hacer frente a la situación.

Estas medidas, además de mejorar las condiciones de vida de la ciudadanía, pueden contribuir a conservar e incluso mejorar el nivel de actividad del sector en el conjunto de país, el que mitigaría el coste que inicialmente se pudiera prever.