Plazos de presentación de autoliquidaciones


Fecha: 15/04/2020

Con fecha de hoy, día 15 de abril, ha salido publicado en el BOE el RDL 14/2020, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

En su artículo único se regula que:

“En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.”

Por lo tanto, de forma genérica y para los obligados con un volumen de operaciones inferior a 600.000 euros durante el año 2019, los plazos para la presentación del IVA, el Pago a cuenta de IRPF / IS, o Retenciones a cuenta de IRPF / IS, quedan aplazados hasta el próximo 20 de mayo.

A los efectos de la presentación con domiciliación bancaria, la AEAT ha hecho una nota donde se dice que las domiciliaciones que se hayan hecho hasta el día 15 de abril, el cargo también se hará a 20 de mayo, siempre que se cumplan la demás requisitos.

Como siempre, para cualquier duda o más información sobre este tema te puedes dirigir a nuestro servicio de asesoría fiscal, hasta nuevo aviso, sólo por teléfono o mediante las asesorías en línea de la web colegial www.cafbl.cat.