Aviso de la AEAT por la situación de Alarma


Fecha: 18/03/2020

A raíz de la publicación del RD 463/2020, por el que se declara el estado de alarma, la AEAT ha colgando en su WEB los siguientes avisos:

CIERRE DE LAS OFICINAS PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL

Las Oficinas de la AEAT estarán TEMPORALMENTE CERRADAS PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL debido al estado de alarma declarado mediante  RD 463/2020, cuya Disposición Adicional Tercera establece la SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINSTRATIVOS. 

No se preocupe si tiene algún trámite pendiente.

La Agencia Tributaria es consciente de esta situación.

Además, se está tramitando una norma legal tributaria con la ampliación de los plazos para realizar trámites.

Si tiene cita pendiente, podrá obtener más adelante una nueva cita.

Para cualquier información adicional puede acceder a:
www.agenciatributaria.es


También puede llamar a los teléfonos: 901 33 55 33 y 91 554 87 70

DISCULPE LAS MOLESTIAS

SUSPENSION E INTERRUPCIÓN DEL PLAZO DE TRAMITACION DE LOS PROCEDIMIENTOS , Y DE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCION Y CADUCIDAD

El 14 de marzo de publicó el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que establece: 

Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.

Como siempre, para cualquier duda o más información sobre este tema te puedes dirigir el servicio de asesoría fiscal, lunes y jueves de 12,30 a 14,00 horas o bien mediante las asesorías en línea de la web colegial www.cafbl.cat.